Respuesta a un colega Presidente.

Esta es la consulta: información a mis asociados.
Estimado compañero Juan:
                                           Me gustaría que me orientaseis sobre la información que debemos facilitar a nuestros asociados para orientarles en lo concerniente a los pasos que deben seguir para informarse sobres sus derechos y para ejercerlos de forma efectiva. Esto se sale de nuestros conocimientos ya que no somos abogados y, muchas veces, no sabemos qué responder. Si no os importa no publiquéis mis datos personales, por favor. Gracias.
                                                             
 

Respuesta:
                   Estimado compañero:
                                                            La respuesta es compleja. Al correo que envías te remitimos un detalle amplio de todas las opciones y toda la jurisprudencia existente en Internet. Ya me contarás.
 De forma resumida, yo te aconsejo que les remitas una circular a todos los vendedores (no sólo a tus asociados)  en la que les facilites los siguientes datos:
                 1º – Extracto de los artículos fundamentales de la Ley 16/1989 de Defensa de la Competencia (por ejemplo: Art. 6 Título I- Capítulo I).
                 2º – Extracto del Artículo 16 de la Ley 03/1991 de Competencia Desleal.
                 3º – Artículo 4 de la Ley 52/1999 de reforma  de la Ley 16/1989 de Defensa de la Competencia y artículo 36.
                 4º – Página del Ministerio de Economía en Internet: www.mineco.es con las sentencias del Tribunal de Defensa de la Competencia.
                 5º – Información sobre los pasos a seguir para denunciar al distribuidor ante el Tribunal de Defensa de la Competencia.
                 6º – Información sobre los pasos a seguir para denunciar al distribuidor ante el Juzgado de Instrucción.
Información y acciones que debes ejecutar:
                A.- Obtener a través de Internet una copia de todas las Leyes  publicadas en el Boletín Oficial del Estado, relacionadas con la venta de prensa (www.boe.es).
                B.-Obtener a través de Internet de una copia de todas las sentencias dictadas por el Tribunal de Defensa de la Competencia, relacionadas con los vendedores de prensa (ver también: www.cncompetencia.es).
                 C.- Ponte en contacto con todas las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Vendedores de Prensa de España para que te envíen información general y copia de todas las sentencias (favorables y desfavorables) que tengan.
                D.- Una vez se tenga recopilada toda la información procedente de Internet, Jurisprudencias, Vendedores y del abogado, hacer que este último concierte una reunión con la distribuidora. Previamente debéis deliberar sobre todas las medidas de presión que se puedan realizar, si se niega a negociar.
               E.- Si el distribuidor os desprecia olímpicamente (que es lo que suele hacer con cualquier asociación que no esté a su servicio, esto sirve para conocer la fiabilidad de una Asociación), enviar otra circular a todos los vendedores convocándoles para que aporten sus datos con el fin de iniciar medidas legales en grupo. Debo recordarte que la Asociación no debe presentar denuncias de forma aislada. Siempre debe hacerlo en grupo, y en representación de los vendedores que deben firmar indicando el DNI. De esta forma no cabe que el Tribunal entienda que es una medida de coacción y no una acción en defensa de los derechos de los vendedores.
 Estos son algunos de los pasos que se deben seguir. Aunque parezca complicado, en la práctica es sencillo. Espero que esta información y la que te remitimos a tu correo privado te sirvan para lograr los fines que nos comentas. Un abrazo.
                                                        Juan Paniagua Augusto


  1 en la Web   www.vendedoresdeprensa.com
 

 

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